Pasos para la liquidación de la sociedad de gananciales en un divorcio en España

La liquidación de la sociedad de gananciales es uno de los procesos más importantes y delicados que deben abordarse durante un divorcio. Este régimen económico matrimonial, muy común en el país, implica que los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen a ambos cónyuges de manera conjunta, por lo que al disolverse el vínculo matrimonial, es necesario repartir dichos bienes.

En este artículo, te explicamos de manera sencilla y didáctica los pasos clave para llevar a cabo este proceso, con el objetivo de que puedas entender cómo funciona la liquidación de bienes en caso de divorcio.

¿Qué es la sociedad de gananciales?

La sociedad de gananciales es uno de los dos regímenes económicos matrimoniales establecidos en el Código Civil (CC), en sus artículos 1344 y siguientes. Bajo este régimen, todos los bienes adquiridos durante el matrimonio, así como las ganancias obtenidas por cada cónyuge, se consideran comunes y pertenecen a ambos por igual, independientemente de quién los haya generado.

Sin embargo, cuando una pareja se divorcia, la sociedad de gananciales se disuelve y es necesario proceder a su liquidación para repartir equitativamente los bienes y deudas entre ambos cónyuges.

¿Cuándo se disuelve la sociedad de gananciales?

La disolución de la sociedad de gananciales ocurre cuando se da alguno de los siguientes supuestos:

  1. Divorcio o separación legal.
  2. Cambio del régimen económico matrimonial, pasando de gananciales a separación de bienes.
  3. Nulidad del matrimonio.
  4. Declaración de su disolución

Pasos para la liquidación de la sociedad de gananciales

Una vez disuelta la sociedad de gananciales, es necesario proceder a su liquidación, que se realiza en varias fases. A continuación, te explicamos cada una de ellas.

     1. Realización del inventario de bienes y deudas

El primer paso para liquidar la sociedad de gananciales es la elaboración de un inventario que incluya todos los bienes, derechos y deudas adquiridos durante el matrimonio. En esta etapa, es esencial distinguir entre los bienes comunes y los bienes privativos, ya que solo los primeros formarán parte de la liquidación.

  • Bienes comunes o gananciales: Son aquellos adquiridos durante el matrimonio, como el salario de ambos cónyuges, inmuebles comprados en conjunto, cuentas bancarias compartidas, vehículos, entre otros.
  • Bienes privativos: Según el artículo 1346 del CC, se consideran bienes privativos los que fueron adquiridos por cualquiera de los cónyuges antes del matrimonio; los que se obtuvieron por herencia o donación, aun durante el matrimonio; y los que fueron adquiridos con dinero privativo, aunque la compra se haya realizado durante el matrimonio.

Asimismo, deben considerarse las deudas comunes, como pueden ser hipotecas o préstamos adquiridos durante el matrimonio. Por ejemplo, si se ha adquirido una vivienda a través de una hipoteca, esta deuda formará parte del inventario y deberá ser distribuida en la liquidación. Estas deudas también se dividen entre los cónyuges de manera proporcional.

Este inventario debe ser exhaustivo y claro para evitar conflictos a la hora de repartir los bienes. Si las partes no logran llegar a un acuerdo sobre qué bienes son comunes o privativos, se puede acudir al juzgado, que determinará mediante un procedimiento judicial cuáles son los bienes que se deben repartir.

     2. Valoración de los bienes y deudas

El siguiente paso es la valoración de los bienes y de las deudas incluidas en el inventario. Es importante que ambos cónyuges estén de acuerdo en el valor de cada bien para poder proceder al reparto de forma equitativa. Para ello, en ocasiones es necesario contar con la ayuda de peritos o tasadores que establezcan el valor de los inmuebles, vehículos o cualquier otro bien valioso.

     3. Liquidación y reparto de bienes

Después de clasificar los bienes, el siguiente paso es la liquidación propiamente dicha, que implica el reparto de los bienes y deudas entre los cónyuges.

Lo ideal es que este reparto se realice de mutuo acuerdo entre los cónyuges, dividiendo los bienes de manera equitativa. Este acuerdo se formaliza mediante una escritura pública o un documento notarial que detalla la división de los bienes.

Sin embargo, en caso de no llegar a un acuerdo, será necesario acudir al juzgado para que sea un juez quien determine el reparto, en un proceso de liquidación judicial.

     4. Adjudicación y compensación

Una vez realizado el reparto, cada cónyuge recibe la adjudicación de los bienes que le correspondan. Sin embargo, en muchos casos no es posible dividir los bienes de manera exacta, lo que puede generar un desequilibrio en el reparto. En estos casos, el cónyuge que haya recibido bienes por un valor superior deberá compensar económicamente al otro.

Por ejemplo, si uno de los cónyuges se queda con la vivienda común, deberá compensar al otro con una suma de dinero o con otros bienes para equilibrar el reparto. Esto se conoce como compensación económica y es una forma de asegurar que ambos cónyuges reciban una parte justa del patrimonio.

     5. Inscripción de los bienes en el Registro de la Propiedad

Si durante el proceso de liquidación uno de los cónyuges adquiere la propiedad de bienes inmuebles (como una vivienda), es necesario proceder a la inscripción en el Registro de la Propiedad. Este trámite es esencial para formalizar el cambio de titularidad y garantizar la plena propiedad del bien por parte del cónyuge adjudicatario.

En conclusión, la liquidación de la sociedad de gananciales es un proceso crucial tras la disolución de un matrimonio, que requiere de un inventario detallado de bienes y deudas, su valoración y posterior reparto. En este procedimiento, es importante diferenciar entre bienes comunes y privativos para garantizar un reparto equitativo. Si bien lo ideal es llegar a un acuerdo entre ambas partes, en caso de conflicto, el juez intervendrá para determinar la distribución. Es fundamental cumplir con todos los pasos correctamente, desde la adjudicación hasta la inscripción de los bienes.

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