Reclamación de gastos extraordinarios en la pensión de alimentos

La pensión de alimentos es una de las obligaciones más importantes en el ámbito del derecho de familia, garantizando el bienestar de los hijos tras una separación o divorcio. Sin embargo, en muchas ocasiones surgen discrepancias entre los progenitores sobre qué gastos están incluidos en la pensión ordinaria y cuáles pueden considerarse extraordinarios.

En este artículo vamos a explicarte qué son los gastos extraordinarios, cómo se pueden reclamar y qué hacer si el otro progenitor se niega a pagarlos.

¿Qué son los gastos extraordinarios?

La legislación española, en concreto el Código Civil (CC), establece en su artículo 142 que los alimentos comprenden “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica”. Además, el artículo 93 del mismo Código señala que el progenitor que no tenga la guarda y custodia deberá contribuir con una pensión de alimentos que cubra las necesidades ordinarias de los hijos.

Ahora bien, los gastos extraordinarios son aquellos que no están incluidos dentro de la pensión de alimentos ordinaria, por su carácter imprevisto, excepcional o no periódico. Se trata de gastos que surgen de manera ocasional y que, generalmente, no pueden preverse al momento de establecer la pensión en una sentencia de divorcio o medidas paternofiliales.

Mientras que la pensión de alimentos cubre aspectos básicos, los gastos extraordinarios incluyen costes que pueden surgir de forma eventual y que ambos progenitores deben asumir.

Algunos ejemplos de gastos extraordinarios son:

  • Tratamientos médicos no cubiertos por la Seguridad Social (ortodoncias, gafas, prótesis, terapias).
  • Actividades extracurriculares o formativas (clases particulares, cursos de refuerzo educativo).
  • Gastos derivados de enfermedades graves o intervenciones quirúrgicas.
  • Viajes de estudios o estancias en el extranjero con fines académicos.
  • Material especializado para estudios o desarrollo profesional (instrumentos, ordenadores, etc.).
  • Gastos relacionados con actividades deportivas federadas.

No todos los gastos adicionales que surjan pueden considerarse extraordinarios. Para que un gasto sea reclamado como extraordinario, debe cumplir ciertos criterios, como la necesidad y la proporcionalidad en función de los ingresos de los progenitores.

Diferencia entre gastos ordinarios y extraordinarios

Para comprender mejor cuándo es posible reclamar un gasto extraordinario, es importante diferenciarlo de los gastos ordinarios.

  • Gastos ordinarios: Son los incluidos en la pensión de alimentos y tienen un carácter previsible y periódico. Se destinan a cubrir necesidades básicas como alimentación, vivienda, educación obligatoria o asistencia médica básica.
  • Gastos extraordinarios: Son imprevisibles y no recurrentes, por lo que no están cubiertos por la pensión de alimentos ordinaria. Se dividen en dos tipos:
  1. Gastos extraordinarios necesarios: Son aquellos que resultan esenciales para el bienestar del menor y, por tanto, deben ser asumidos por ambos progenitores sin necesidad de acuerdo previo. Ejemplo: una intervención quirúrgica urgente.
  2. Gastos extraordinarios no necesarios: Son aquellos que, si bien pueden ser beneficiosos para el menor, no resultan imprescindibles. Para que sean exigibles, es necesario que ambos progenitores los acuerden previamente. Ejemplo: un curso de inglés en el extranjero.

¿Cómo se pueden reclamar los gastos extraordinarios?

Para reclamar gastos extraordinarios, es recomendable seguir un procedimiento estructurado y, en la medida de lo posible, intentar llegar a un acuerdo con el otro progenitor. No obstante, si no hay consenso, se puede acudir a la vía judicial.

     1️. Notificación y solicitud de consentimiento

El primer paso es comunicar al otro progenitor la existencia del gasto y solicitar su conformidad. Para ello, se recomienda enviar un burofax o correo electrónico con acuse de recibo, explicando el gasto y su necesidad.

En caso de que el gasto extraordinario sea necesario (como una intervención médica urgente), no es imprescindible el consentimiento del otro progenitor para reclamar su pago posteriormente.

     2️. Pago del gasto y conservación de justificantes

Si el otro progenitor acepta el gasto, se procede al pago según la proporción fijada en la sentencia (habitualmente 50% cada uno) y se guarda toda la documentación relevante: facturas, justificantes de pago y cualquier otra prueba que acredite la existencia del gasto.

En caso de que no haya acuerdo, el progenitor que haya asumido el gasto podrá posteriormente reclamar la parte correspondiente ante los tribunales.

     3️. Reclamación extrajudicial

Si el otro progenitor no acepta pagar su parte del gasto extraordinario, es recomendable enviar un requerimiento formal, ya sea mediante burofax o carta certificada, en el que se le exija el pago de la cantidad correspondiente. En este documento se deben adjuntar las facturas y justificantes.

     4. Reclamación judicial

Si el progenitor obligado sigue negándose a pagar su parte, la vía judicial será la única opción. Para ello, se puede presentar una demanda de ejecución de sentencia ante el juzgado que dictó las medidas paternofiliales o la sentencia de divorcio.

Documentos necesarios para la demanda:

  • Copia de la sentencia de divorcio o medidas paternofiliales.
  • Justificantes del gasto (facturas, informes médicos, etc.).
  • Prueba de haber informado al otro progenitor.

El artículo 776.4ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que los jueces pueden resolver sobre la necesidad y obligatoriedad de los gastos extraordinarios en el marco de una ejecución de sentencia. En este sentido, el juez evaluará si el gasto es extraordinario y si debe ser abonado por ambos progenitores.

¿Cómo se reparte el pago de los gastos extraordinarios?

Por norma general, los gastos extraordinarios se reparten al 50% entre ambos progenitores, salvo que la sentencia de divorcio o convenio regulador establezca un porcentaje distinto. Sin embargo, este reparto puede modificarse atendiendo a la capacidad económica de cada progenitor.

El Tribunal Supremo ha reiterado en diversas sentencias que la contribución de cada progenitor debe ser proporcional a sus ingresos y capacidad económica. Por ejemplo, si uno de los progenitores tiene un salario muy superior al otro, se puede solicitar una redistribución equitativa de la carga de los gastos extraordinarios.

En conclusión, los gastos extraordinarios en la pensión de alimentos pueden generar conflictos entre progenitores, por lo que es fundamental conocer su alcance y la forma de reclamarlos. La clave está en diferenciar correctamente qué gastos pueden considerarse extraordinarios y cuáles están cubiertos por la pensión ordinaria, notificarlos al otro progenitor y, en caso de desacuerdo, acudir a la vía judicial con la documentación necesaria.

Para evitar problemas, es recomendable intentar llegar a acuerdos previos y actuar con transparencia en la gestión de estos gastos.

Ante cualquier duda, contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia garantizará que el proceso se lleve a cabo de forma eficaz y conforme a la normativa vigente.

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